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12 de septiembre de 2013

MATRIMONIOS de hombres adultos con NIÑAS menores de edad: Alerta de la ONU y UNICEF contra esta práctica denigrante que esclaviza a millares de niñas en el mundo / Marriages of adult men with underage girls: UN and UNICEF warning against this degrading practice that enslaves thousands of girls in the world


Mariages d'hommes adultes avec des jeunes filles mineures
Marriages erwachsene Männer mit minderjährigen Mädchen
Casamentos de homens adultos com meninas menores de idade
Matrimoni di uomini adulti con ragazze minorenni
Браки взрослых мужчин с несовершеннолетними девочками
成年男子与未成年女孩的婚姻
उम्र के अंतर्गत लड़कियों के साथ वयस्क पुरुषों का विवाह
未成年少女と成人男性の結婚
الزواج من الرجال البالغين مع فتيات قاصرات

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Los matrimonios infantiles, de hombres adultos con niñas menores de edad (de incluso 8 años), legales en varios países del mundo, son  una repugnante forma de esclavitud y explotación con torturas psíquicas y físicas continuadas durante muchos años y constituyen, por lo tanto, una vulneración flagrante de los derechos humanos y una violación de todos los derechos del niño.

 Las menores, casadas con hombres mucho mayores que ellas por acuerdo entre sus padres, generalmente pobres, y el futuro marido, son, a menudo, verdaderas compraventas con compensaciones económicas.

El matrimonio infantil comporta importantes perjuicios para estas niñas/víctimas, tales como:

- Violencia y frecuentes malos tratos denigrantes e inhumanos
- Violaciones y/o abusos sexuales repetidos
- Lesiones ginecológicas a veces graves
Embarazos prematuros y no desedos
- Riesgo de infecciones por contagio sexual, etc
- Depresiones y trastornos psiquicos por la separación de su propia familia
- Limitación o pivación de su libertad y educación escolar
- Asumir responsabilidades sin tener edad ni conocimientos o experiencia para afrontarlas
- Obligaciones laborales y domésticas forzadas
- Chantajes afectivos: acosos, amenazas...

Se calcula que, en la actualidad, un tercio de las mujeres en el mundo se casan o emparejan antes de cumplir los 18 años (unos 10 millones al año)

El matrimonio infantil con niñas es especialmente frecuente en varios países de Asia meridional y África subsahariana, pero también ocurre en algunas regiones de Medio Oriente, América latina, e incluso se detectan casos en Norteamerica y Europa.

Naciones Unidas y UNICEF han lanzado llamamientos alertando de las consecuencias negativas del matrimonio infantil y realizando propuestas para solucionar el problema tales como: 

- Promover o mejorar la escolarización y formación profesional de las niñas
- Fijar los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio en ambos sexos
- Incrementar las normas para evitar los matrimonios con menores en aplicación de lo establecido en materia de libertad en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979, y en consecuencia
- Sancionar con penas de prisión a quienes promuevan o consientan los matrimonios infantiles

 Es necesario concienciar a la opinión pública de estas vergonzosas y criminales costumbres, para crear estados de opinión que puedan mejorar la vida de los millones de niños y niñas que estan sometidos a esclavitud o explotación sexual y laboral  en muchas zonas de este perro mundo.


3 de mayo de 2013

ABLACIÓN del CLÍTORIS / MUTILACIÓN genital femenina: Una costumbre ritual despiadada y peligrosa para la vida y la salud de millones de niñas y mujeres / Clitoral ablation (female genital mutilation): A ruthless and dangerous ritual habit


Ablação do clítoris (mutilação genital feminina): Um hábito ritual cruel e perigoso para a vida ea saúde de milhões de meninas e mulheres
Clitoridectomie (Mutilation génital féminine): Une habitude rituelle impitoyable et dangereux pour la vie et la santé de millions de filles et de femmes
Clitoridectomia (mutilazione genitale femminile): Un'abitudine rito spietato e pericoloso per la vita e la salute di milioni di donne e bambine
Klitoridektomie (Weibliche Genitalverstümmelung): Eine rücksichtslose und gefährliche Ritual Gewohnheit für Leben und Gesundheit von Millionen von Mädchen und Frauen
Клитородектомия (Женских гениталий): Безжалостный и опасный ритуал привычкой для жизни и здоровья миллионов девушек и женщин
阴蒂(女性生殖器切割):数百万女童和妇女的生命健康的无情和危险的习惯礼仪
Clitoridectomy (स्त्री जननांग विकृति): जीवन और लड़कियों और महिलाओं के लाखों लोगों के स्वास्थ्य के लिए एक क्रूर और खतरनाक अनुष्ठान आदत
陰核切除(女性性器切除):少女や女性の何百万人もの生命と健康のための冷酷かつ危険な儀式の習慣 
قطع البظر (ختان الإناث): لا يرحم وخطيرة عادة طقوس للحياة وصحة الملايين من الفتيات والنساء

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Más de 100 millones de mujeres y niñas en el mundo son víctimas afectadas en la actualidad por la llamada ABLACION del CLÍTORIS (clitoridectomía) y otras MUTILACIONES GENITALES, una práctica ritual cruel y peligrosa - costumbre superticiosa, fruto de la ignorancia y la barbarie ancestrales - que permanece vigente en nuestros días a pesar de los esfuerzos para erradicarla por parte de las organizaciones internacionales y humanitarias (OMS, UNICEF, Amnistía Internacional, etc)

La ablación o mutilación genital consiste en la extirpación o destrucción de parte de los órganos genitales externos de la mujer para que deje de sentir placer sexual y pueda llegar virgen al matrimonio, tratando de asegurar que no tenga relaciones antes del mismo, en beneficio de su futuro marido, que suele rechazarla como "impura" si no ha sido sometida a la ablación.

Tipos o grados de mutilación:

1 - Extirpación de una parte del clítoris o de la totalidad del mismo
2 - Mutilación, ademas, de los labios menores
3 - Infibulación: consistente en la extirpación tanto del clítoris como de los labios mayores y menores
4 - Otras manipulaciones en la zona genital como incisiones, raspados, perforaciones o cauterizaciones

Se calcula que unas 2 a 3 millones de niñas y adolescentes al año - unas 6.000/10.000 al dia - la mayoría de entre 3 y 11 años de edad, sufren alguna de dichas manipulaciones. 
Más de 100 millones de mujeres padecen actualmente las consecuencias de esta cruel "tradición" que se practica en unos 28 países del mundo (primordialmente en África)

"Modus operandi" y consecuencias

Las mutilaciones suelen llevarse, a cabo - a requerimiento de las madres y abuelas de la menor - por viejas y "expertas" curanderas o parteras, bajo condiciones de forzamiento físico.

 La niña es inmovilizada/sujetada por dos o tres de estas repelentes comadres, obligándola a abrir las piernas para acceder a sus partes íntimas; casi siempre llevan a cabo su tétrica labor en lugares apartados o aislados para evitar que se oigan los alaridos de dolor de la víctima.

 A continuación, sin atender a los gritos y lloros de aquélla, inician su sangrienta tarea, utilizando generalmente  instrumentos rudimentarios (navajas, hojas de afeitar, etc) y sin aplicar ningún tipo de anestesia ni medios antisépticos efectivos para evitar las hemorragias y las infecciones.
Una vez finalizadas las maniobras de corte o extirpación de las zonas genitales aludidas, proceden a coser "artesanalmente" los bordes de las heridas con hilo y aguja corrientes, y a colocar emplastos y compresas para reducir la hemorragia.

Cuando producen lesiones extensas o infibulación, la zona genital es cosida/cerrada casi por completo, dejando solo unos pequeños orificios para orinar y permitir la salida de la sangre menstrual; a continuación vendan fuertemente ambas piernas unidas para que la prersión contribuya también a cerrar las heridas y frenar la hemorragia.

Como consecuencia de dichas maniobras inhumanas, las víctimas van a padecer - además del dolor y el elevado riesgo de hemorragia e infección inmediatossufrimientos y traumas psíquicos a lo largo de toda su vida, como dificultades para la cópula en el futuro matrimonio (con frecuencia el marido ha de forzar la entrada a la vagina mediante penetración violenta e incluso valiéndose de incisiones con cuchillo); enfermedades infecciosas repetidas, complicaciones en el embarazo y el parto, etc.

Como ya se ha indicado, la practica de la ablación es usual en más de 20 países de Africa, aunque también se realiza en otros de oriente medio y el sudeste asiático; pero igualmente se dan casos en otros muchos lugares del mundo debido a la emigración de familias  que proceden de los aludidos territorios; en estos supuestos las niñas suelen ser mutiladas aprovechando los viajes de visita a sus países de origen para tratar de evitar las consecuencias penales vigentes en las naciones occidentales.

(En España, donde se calcula que existen unas 17.000 niñas, hijas de emigrantes, en riesgo, el Código Penal, art 149, castiga dichas maniobras lesivas con sanciones de entre 6 y 12 años de prisión)

Parece ser que esta bárbara costumbre viene de muy antiguo, como otras tantas supersticiones mutiladoras que ha padecido la humanidad
 - desde los vendajes de los pies a las niñas en China, hasta la deformación del cuello de las mujeres jirafa o las intervenciones de los "castrati" para fines musicales -
pero lo más preocupante, respecto a la mutilación genital femenina, es que persiste y es aceptada como una práctica útil y necesaria por parte de millones de hombres y mujeres - y no sólo por las matronas y curanderas que la practican - sino por los padres y familiares de las víctimas e incluso por numerosos funcionarios y profesionales sanitarios de los países afectados.

(¡¡¡hasta donde alcanza el poder del lavado de cerebro impuesto por ciertas tradiciones y costumbre irracionales!!!);

 por ello no suelen existir o no suelen aplicarse en tales países procedimientos legales o administrativos que penalicen y repriman estas conductas.

Solo la educación y divulgación a través de los medios de comunicación, Internet, escuelas, etc abren un espacio de esperanza para una nueva mentalización favorable.

También las campañas de la ONU y los organismos internacionales pueden ser útiles para conseguir tratados con los Gobiernos de los países donde ocurren estos desmanes a fín de frenar la impunidad avanzando hacia su disminución e ilegalización.

Y  aunque los progresos efectivos no son muy notables hasta la fecha, se tiene la esperanza de conseguirlo para las generaciones de los años venideros.


15 de noviembre de 2012

SEPERATISMOS / INDEPENDENTISMOS: Riesgos y consecuencias negativas para la convivencia social y la prosperidad económica / SEPERATISMS / INDEPENDENTISMS: Risks and negative consequences for social coexistence and economic prosperity


Séparatismes: Risques et conséquences négatives graves
pour la coexistence sociale et la prospérité économique
Separatismos: Riscos e graves consequências negativas para convivência social e prosperidade econômica



Lo ideal sería que desaparecieran los muros y las fronteras nacionales y que el mundo fuera un mosaico armónico de pueblos y regiones amigas dispuestos a colaborar, no a competir ni a dominar... dispuestos a compartir culturas, lenguas, creencias, conocimientos científicos, artes, tecnicas educativas y mejoras para la seguridad, el medio ambiente y el progreso social y económico...

Que se crearan más espacios de paz, más uniones entre personas, razas y pueblos para acabar con las guerras, las dictaduras, las injusticias, la explotación, los desequilibrios económicos, el hambre y la pobreza ...

Pero eso no es mas que un sueño que se encuentra todavía muy lejos de la realidad ...

Los NACIONALISMOS  SEPARATISTAS/INDEPENDENTISTAS implican riesgos de RUPTURAS, ENFRENTAMIENTOS, TERRORISMO, GUERRAS y decremento SOCIAL y ECONÓMICO

Las ideologías, doctrinas o estructuras fundamentalistas, integristas y/o fanáticas (dictaduras, regímenes totalitarios, imperialismos, colonialismos, potencias belicistas agresivas, etc) que preconizan la discriminación, el acoso o el enfrentamiento y, entre ellas, muchas de las organizaciones micro-nacionalistas/independentistas, constituyen un riesgo potencial de conlictos y alteraciones de la paz social con serios peligros y consecuencias negativas para la vida, la seguridad y la economía de las poblaciones que tienen la desgracia de soportarlas.

Numerosos episodios históricos pasados y recientes demuestran que los conflictos rupturistas que plantean las doctrinas y estructuras políticas nacionalistas y separatistas traen consigo:,

- desórdenes públicos,
- alteraciones jurídicas con pérdida o deterioro de derechos humanos y civiles,
- rotura de las relaciones sociales internas y exteriores,
- desestructuración y empobrecimiento económico,
- deterioro de la justicia con aumento de la criminalidad,
- discriminaciones racistas/xenófobas/linguísticas,
- desintegracion poblacional, con exodos y emigraciones forzadas,
- sentimientos de odio y venganzas intervecinales

y, en muchas ocasiones, son la causa frecuente de
- asesinatos,
- atentados terroristas y
- enfrentamientos violentos con derramamientos de sangre,

o que derivan, incluso, en
- guerras civiles con cientos o miles de muertos y heridos.

(En España, sin ir más lejos, tenemos las terribles consecuencias del terrorismo separatista vasco - hoy en tregua - con casi 1000 asesinatos, y centenares de terroristas etarras condenados y encarcelados)

Y si bien es cierto que en determinados países democráticos, como ocurre en España, las normas fundamentales admiten la existencia de partidos políticos nacionalistas que puedan expresar y llevar a cabo políticas afines a sus postulados, estos han de ajustarse al marco constitucional, sin sobrepasar las competencias y atribuciones fijadas por los parlamentos.
Pero, aún así, surgen problemas, ya que dichos partidos, aprovechando la libertad de expresion y la pluralidad política, se exceden en sus campañas de proselitismo, sobre todo si el Estado les otorga competencias en materia de educación y de política linguística; llevando a cabo auténticos lavados de cerebro en las escuelas y manipulando los medios de comunicación.
En otros países, por el contrario, no se admiten dichos partidos separatistas por considerarlos desintegradores para la unidad y soberanía estatal.

De forma similar a lo que sucede en el ámbito personal de cada uno de nosotros, con los divorcios o las enfermedades o accidentes que producen invalideces y mutilaciones, los micro nacionalismos separatistas originan dolor y daños, sufrimientos, odios y tristezas entre todos los ciudadanos, de cualquier edad, nivel social u opinión política, que forman parte de las naciones afectadas

Todos los habitantes de un territorio infectado por estas disolventes ideologías pierden muchos de sus derechos y bienes fundamentales como la paz, la seguridad, la armonía convivencial, el derecho de educarse y expresarse en su propia lengua; con frecuencia son discriminados y minusvalorados por su raza u origen lo que comporta también la disminución de oportunidades profesionales y promocionales.

La inseguridad y la desconfianza que llevan consigo los separatismos producen enormes daños a la economía, al progreso, a las inversiónes, al establecimiento de nuevas industrias, a la creación de empleo, comercio, turismo, etc

Y ello repercute negativamente, también, en los propios separatistas de base, aunque al principio, manipulados y engañados por sus líderes fanáticos, no perciban con claridad el abismo trágico por el que les precipitan.

Los idearios propios de los micro nacionalismos/separatistas - generalmente basados en postulados retrogrados y nostalgias anquilosadas y aldeanistas, tienden al enanismo endogámico, enarbolando consignas en favor de la raza, la lengua o las costumbres locales, de color tribal - son un cáncer que trata de destruir el organismo político y social sostenedor de la identidad originaria de un país y de llevarle a fases pretéritas y superadas de la historia; es como regresar a antiguas etapas feudales o al debilitamiento casi tribal de los reinos de taifas...

Son, además de una enfermedad individual y social - "separatistomanía esquizoide" (?) - un enemigo peligroso que hay que evitar, combatir y neutralizar con decisión y valentía.
Porque si consigue triunfar, nos jugaríamos nuestra propia integridad, cohesión y potencia como país
.

Y, desde el punto de vista político y sociológico, aun en el caso de que la escisión tuviera éxito, su resultado sería una patria debilitada y mutilada y el nacimiento de un mini - estado que tendría que comenzar de cero con un porvenir incierto y con serias dificultades para establecer relaciones con la comunidad internacional donde prima sobre todo el tamaño y potencia de las naciones.

El nacionalismo independentista sólo es admisible y hasta necesario, en los casos de colonialismo o invasión por parte de otro país (como ocurrió en España durante la guerra de la independencia contra la invasión napoleónica de 1808) pero constituiría un anacronismo irracional en paises democráticos antiguos que tienen una existencia histórica como nación de varios centenares de años (España, desde la conquista de Granada por los Reyes Católicos, en 1492).


UNIONISMO EN VEZ DE SEPARATISMO

Existe en la actualidad una corriente de opinión opuesta a los separatismos y nacionalismos que está avalada por relevantes filósofos y políticos: Se trata del

U N I O N I S M O

que es una doctrina socio-política progresista, evolucionada y moderna, abierta a objetivos de colaboración y concordia entre todos los países que busca, EN EL SENO DE UNA GRAN UNIÓN, alcanzar la potencialidad económica y concierto social internacional posibilitando la grandeza política y económica porque no debemos olvidar que solo las grandes potencias - y, en nuestro caso, Europa unida se encuentra entre ellas - son quienes rigen y condicionan el devenir histórico de nuestro planeta.

España debe superar los errores de posibles separatismos y encaminarse hacia un UNIONISMO colaborador con los demás países de EUROPA e IBEROAMÉRICA.

No es hora de levantar más murallas y fronteras divisorias, sino lazos de diálogo y unión para lograr y consolidar, todos juntos, las más altas cotas de paz, seguridad, cultura científica, bienestar, y progreso.

ES UN TREMENDO ERROR VOTAR A LOS PARTIDOS NACIONALISTAS/INDEPENDENTISTAS,
PORQUE LOS SEPARATISMOS SON UN ESQUIZOIDE Y TRISTE SENDERO RETRÓGRADO HACIA LA MEDIOCRIDAD POLÍTICA Y ECONÓMICA ...


UNIÓN  EQUIVALE  A FORTALEZA; SEPARAR Y DIVIDIR ES SINÓNIMO DE DEBILIDAD


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22 de junio de 2012

ROBOS en DOMICILIOS y establecimientos: MEDIDAS de prevención / Measures against thefts in housings and other buildings


Los robos en viviendas, empresas, tiendas y otros inmuebles urbanos o rurales son muy frecuentes en todos los paises.
Se calcula que cada año se cometen en el mundo más de 6 millones de robos en viviendas.

Principales "MODUS OPERANDI" en estos tipos de robos:

Uso de llaves falsas, ganzúas o instrumentos apropiados para abrir las puertas

Con forzamiento o fractura de puertas y/o ventanas usando palanquetas, taladros, etc.

Una de las variantes es el llamado procedimiento del "alunizaje", rompiendo las lunas de los escaparates con herramientas, barras metálicas o embistiendo directamente con un automóvil, generalmente sustraído para este fín.

Practicando un agujero en paredes, techos o suelos.

Con escalamiento entrando por ventanas a través de vallas, azoteas, cornisas, tuberias, andamios, etc, o trepando/descendiendo mediante cuerdas.

Consiguiendo entrar con engaño (falsos operarios, obteniendo copia de llaves, ayuda de empleados domésticos, etc)

Con intimidación, violencia o agresión (atraco) a los ocupantes, bien en el portal, ascensor, al abrir la puerta, ect; no obstante los atracos son más frecuentes en bancos, joyerías, comercios, empresas, etc, que en domicilios.

Con ocultación en el interior del inmueble antes de su cierre para posteriormente practicar el robo (este procedimiento se produce sobre todo en museos, iglesias, comercios, almacenes, etc, abiertos el público)

No es infrecuente que los delincuentes se valgan de informaciones o avisos proporcionados por cómplices introducidos en la casa o empresa como empleados domésticos, trabajadores contratados, etc


Principales MEDIDAS, recomendadas por los cuerpos policiales PARA PREVENIR O EVITAR ROBOS
(Principal MEASURES recommended by the police services TO AVOID THEFTS)

Las puertas, ventanas de la vivienda, oficina, etc. y sus cerraduras deben ser resistentes y eficaces.
Instalar una puerta blindada dotada de una mirilla panorámica que permita ver de cuerpo en entero a la persona que llama; también deberá instalarse una cadena de seguridad interior que permita una mínima apertura controlada.
Si la puerta no es blindada, procurar que tenga, al menos, dos puntos de cierre, y que no exista hueco entre el suelo y la puerta.
Colocar una segunda cerradura y cerrojos interiores.
Reforzar la parte de las bisagras con pivotes de acero y ángulos metálicos que
impidan apalancar.

Comprobar que las puertas, ventanas y balcones quedan bien cerrados.
Las puertas de la azotea y del garaje deben tambien estar blindadas o reforzadas y tenerlas siempre cerradas.

Si se trata de un chalet o casa aislada, con patio o jardín, dotarla de una cerca con una altura de más de 2,50 metros que sea lisa por el exterior, sin enrejados, salientes ni repisas que puedan facilitar el agarre y escalada de los ladrones, y que, al propio tiempo, impida la visibilidad del interior.
La puerta de acceso exterior a la parcela debe estar reforzada (mejor metálica) y tener una altura similar a la cerca; debe permanecer cerrada y disponer de un portero o video portero automático.

Colocar rejas y persianas en aquellas ventanas que sean de fácil acceso como las de plantas bajas que den al exterior o a patios interiores y calles poco transitadas y ocultas a la vista (son zonas especialmente desprotegidas y con un riesgo mínimo para los delincuentes)
No olvidar que los balcones, aleros, salientes de muros, tuberías, etc, pueden ser escalados con relativa facilidad.
Las barras de las rejas no deben tener una separación mayor a 12 cm.
Si se instalan rejas en todas las ventanas, algunas de ellas han de poder abrirse desde el interior, para facilitar la evacuación caso de incendio, escape de gas, etc.
Asegurar las persianas con un cerrojo interior que impidan su apertura desde el exterior, especialmente en plantas bajas o accesibles desde la calle o terrazas contiguas.
Utilizar cristales aislantes e inastillables.

Atención también a puertas, ventanas y escaparates de empresas y comercios, protegiéndolos con cierres, rejas y cristales irrompibles o blindados y evitando dejar a la vista artículos de valor que inciten la codicia de los ladrones (joyas, pieles, electrodomésticos, etc)

Siempre que se salga, aunque sea por un instante, cerrar la puerta con llave y no cerrarla solo con el resbalón ya que éste es muy facil de abrir; a veces los ladrones utilizan el procedimiento de obstruir la entrada de la llave para que al salir no se pueda cerrar con ésta y si sólo con el resbalón que luego será abierto en cuanto el propietario abandone la casa; si se observa que la ceradura ha sido manipulada y no se puede cerrar con llave, es mejor llamar al cerrajero para que la repare y hasta entonces no abandonar la casa ya que, seguramente los ladrones estarán aguardando en el exterior)
No colocar las llaves bajo el felpudo, ni en lugares que estén al alcance de desconocidos.
Caso de extravío de las llaves, cambiar las cerraduras (los llaveros no deben llevar etiquetas que indiquen el domicilio)
Cambiar también la cerradura si se ocupa una vivienda nueva o en la que anteriormente vivía otro inquilino.

No accionar el portero automático, si se desconoce quien llama.
Por ello es más seguro la instalación y uso de un vídeo-portero.
No abrir el portero automático aunque digan dirigirse a otras viviendas (a veces, se utilizan excusas similares, para acceder a la vivienda con fines delictivos)
Instalar un dispositivo para encender la luz del rellano de la escalera, desde la propia vivienda.

No abrir la puerta a desconocidos(observar antes a través de la mirilla panorámica)
Hasta verificar su identidad, mantener al visitante fuera (con la cadena de seguridad puesta)
Desconfíar de servicios técnicos que no se hayan solicitado.
Exigir al personal de las empresas de servicios (teléfono, electricidad, gas, agua, etc) que se identifiquen.
Caso de duda, llamar a la empresa correspondiente verificando el número en la guía telefónica (no tener en cuenta el número de teléfono que el supuesto empleado pueda indicar o mostrar, ya que podría ser el de un cómplice)

Al abrir el portal de la finca hay que evitar que entren otras personas desconocidas (si hay alguién en las inmediaciones, es mejor esperar)
Tampoco se debe entrar en el ascensor con personas sospechosas.
Asimismo, en los garajes comunitarios, cuando se entre en vehículo, observar si alguien viene detrás e intenta pasar mientras está la puerta abierta (en tal caso es mejor pararse y esperar a que se cierre)

Los empleados de hogar y los encargados de las empresas, comercios, etc, deben ser aleccionados para el cumplimiento de las medidas de seguridad respecto a visitas, llamadas, control de puertas, llaves, etc.

Colaborar con los vecinos en la adopción de medidas o instalación de sistemas de seguridad para el inmueble o urbanización.
Reaccionar con espíritu de solidaridad ante ruidos extraños procedentes de viviendas o locales contiguos o ante cualquier síntoma sospechoso (indivíduos desconocidos en el portal o merodeando por la calle, manipulando puertas o ventanas, etc.) llamando a la Policía.

Los dispositivos electrónicos de alarma o con sensores perimetrales, de apertura de puertas o ventanas, de movimiento interior y con cámaras de vigilancia-filmación, cuyas señales se pueden transmitir a centros o empresas de seguridad o al propio teléfono móvil son muy útiles, especialmente durante la noche o en periodos de ausencia o vacaciones.
Existen pulsadores que pueden accionarse disimuladamente en caso de emergencia o sospecha.

Un perro adiestrado puede ser eficaz frente a los ladrones, sobre todo en casas rurales o aisladas, ya que los ladridos disuaden y alertan; no obstante el animal tiene que estar protegido para evitar su envenenamiento o abatimiento desde el exterior.

No conviene hacer ostentación de alhajas, riquezas o pertenencias.
No tener mucho dinero, alhajas u objetos de valor en el interior de la casa o inmueble.
Depositarlos en cajas de seguridad de entidades bancarias o bajo la custodia de empresas de seguridad o personas de confianza.
Proteger los objetos de valor, joyas etc, construyendo un escondite disimulado bajo una baldosa o dentro de un mueble (no dejarlos escondidos entre la lenceria, ya que es primer sitio donde buscan los ladrones)
No guardar el talonario de cheques con documentos en los que esté la firma.
Proteger tarjetas de crédito, cartillas, cheques, etc. y separarlos de los números de claves (lo mejor es memorizar dichos números y destruir el resguardo o notificación que los contiene; tambien pueden anotarse en una agenda como si fueran números de teléfono, variando el orden o escribiéndolos al revés o utilizar otros sistemas de camuflaje similares)
Hacer un inventario que incluya los números de serie de fabricación de ciertos aparatos y objetos de valor.
En bancos, joyerías y empresas es frecuente la instalación de pesadas cajas fuertes empotradas y con aperturas programadas asi como de recintos con cristales blindados para el refugio de los empleados.

Existe un mayor riesgo de robo en las viviendas, comercios y empresas situados en las proximidades o interior de barrios marginales o frecuentados por delincuentes y drogadictos.

En casos de especial riesgo o incidencia de robos (joyeros, cajeros, transportistas de fondos u objetos valiosos, habitantes de casas o granjas solitarias, vigilantes, etc.) puede ser conveniente solicitar una licencia de armas de fuego para la autodefensa. No obstante el uso de armas suele ser problemático y arriesgado; precisan de una adecuada mentalización e instrucción con prácticas específicas para evitar accidentes o actuaciones que excedan los límites de la defensa legítima o el estado de necesidad. Las licencias se tramitan y conceden en España a través de la Guardia Civil.

Uno de los períodos de mayor índice de robos en domicilios se registra durante las vacaciones o ausencias de varios días.
En tales supuestos es aconsejable dar la impresión de que la casa está habitada; se puede utilizar recursos tales como:

No divulgar ante desconocidos los proyectos o planes de veraneo o viajes.
No dejar en la puerta notas que indiquen la ausencia del domicilio.
Evitar bajar todas las persianas y dejar ropa tendida.
Evitar que se acumule el correo en el buzón; pedir al portero o a algún vecino o amigo que la retire con frecuencia.
Instalar un reloj programable que ilumine la vivienda por zonas, encendiendo y apagando luces de la casa en horarios distintos.
No desconectar el timbre de la puerta.

Además de lo dicho, durante la ausencia es conveniente:

Ponerse de acuerdo con algún vecino de confianza para que vigile la vivienda (dejarle un teléfono de localización)
No abandonar en la casa a los animales de compañía.
Cerrar las llaves de paso de agua y gas.
No tener objetos valiosos en la habitación del hotel o apartamento vacacional. Mejor dejarlos en la caja fuerte del propio hotel o llevarlos consigo.


Recordar que si al llegar al domicilio oficina o empresa se encuentra la puerta forzada o abierta, no se debe entrar y sí llamar inmediatamente a la Policía; es mejor no tocar nada hasta su llegada (pueden existir huellas que permitan identificar a los ladrones)

Es conveniente denunciar siempre los robos o tentativas para que las autoridades tengan constancia de los sucesos que se producen en cada zona y puedan aumentar las medidas de control y vigilancia.

Por último, y a pesar de que se apliquen las medidas recomendadas, es aconsejable suscribir un seguro contra robos.



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26 de agosto de 2011

DECLARACIÓN UNIVERSAL de los DERECHOS HUMANOS / The Universal Declaration of Human Rights / Déclaration universelle des droits de l'homme / Declaração Universal dos Direitos Humanos


 / 世界人权宣言 / मानव अधिकारों की सार्वभौम घोषणा  / الإعلان العالمي لحقوق الإنسان / Dichiarazione Universale dei Diritti Umani / Allgemeine Erklärung der Menschenrechte / Déclaration universelle des droits de l'homme / Declaração Universal dos Direitos Humanos / Всеобщая декларация прав человека

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Art 1 - 
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros

Art 2 - 
1. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Art 3 - 
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su  persona.

Art 4 - 
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Art 5 - 
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Art 6 - 
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Art 7 - 
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal  discriminación.

Art 8 - 
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales  nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos  fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Art 9 - 
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Art 10 - 
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída  públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para  la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Art 11 -
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Art 12 - 
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Art 13 - 
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia  en el territorio de un Estado.
 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio,  y a regresar a su país.

Art 14 - 
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente  originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Art 15 -
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Art 16 - 
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Art 17 -
 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Art 18 -
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Art 19 -
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este  derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de  investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Art 20 - 
 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación  pacíficas.
 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Art 21 - 
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país,  directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto   u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Art 22 - 
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación  internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales,  indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Art 23 - 
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección  contra el desempleo.
 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por  trabajo igual.
 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por  cualesquiera otros medios de protección social.
 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Art 24 -
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Art 25 -
 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure,  así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Art 26 -
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y laamistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el  mantenimiento de la paz.
 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Art 27 -
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Art 28 -
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Art 29 -
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Art 30 -
Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que  confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.


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(LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, APROBADA EN 1948 POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, ESTABLECE LOS DERECHOS BÁSICOS QUE DEBEN AMPARAR A TODAS LAS PERSONAS Y SERVIR DE ORIENTACIÓN PARA LOS ORDENAMIENTOS LEGISLATIVOS DE LOS DISTINTOS PAÍSES)

4 de mayo de 2011

HOMICIDIO, ASESINATO, homicidio imprudente, inducción al SUICIDIO: tipificación penal

El Código penal español regula las distintas formas de HOMICIDIO en los arts 138 al 143

Art. 138

El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.


Art. 139

Será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:

1ª - Con alevosía.

2ª - Por precio, recompensa o promesa.

3ª - Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.


Art. 140

Cuando en un asesinato concurran más de una de las circunstancias previstas en el artículo anterior, se impondrá la pena de prisión de veinte a veinticinco años.

Art. 141

La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los tres artículos precedentes, será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la señalada en su caso en los artículos anteriores.

Artículo 142

1 - El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.

2 - Cuando el homicidio imprudente sea cometido utilizando un vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego, se impondrá asimismo, y respectivamente, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, de uno a seis años.

3 - Cuando el homicidio fuere cometido por imprudencia profesional se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de tres a seis años.

Art. 143

1 - El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.

2 - Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona.

3 - Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.

4 - El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2º y 3º de este artículo.



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4 de marzo de 2011

Declaración Universal de los Derechos Humanos - Art. 25 / The Universal Declaration of Human Rights - Art. 25


Artículo 25

1 - Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2 - La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.



(LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, APROBADA EN 1948 POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, ESTABLECE LOS DERECHOS BÁSICOS QUE DEBEN AMPARAR A TODAS LAS PERSONAS Y SERVIR DE ORIENTACIÓN PARA LOS ORDENAMIENTOS LEGISLATIVOS DE LOS DISTINTOS PAÍSES)

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Ver el texto completo de la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

25 de febrero de 2011

DEMOCRACIA, SÍ! - DICTADORES, FUERA!... - Manifestaciones y protestas masivas en varios países / Democracy, yes! Dictators go out! Manifestations and protests in several countries



Es evidente que la democracia - el "gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo", como decía Abraham Lincoln - es el sistema político menos malo...

No cabe duda que si cada ciudadano puede votar libremente para aprobar o rechazar las reglas y decisiones más trascendentes para la organización estructural de su país (constitución, leyes fundamentales, grandes decisiones políticas, etc) así como para elegir periódicamente a sus gobernantes, aumentan los niveles de paz, libertad, justicia, seguridad, salud, garantías laborales, fomento y distribución de la riqueza y demás derechos humanos, y con ello aumentan también las POSIBILIDADES DE PROGRESO Y BIENESTAR DE LA POBLACIÓN.

Pero no todos los gobiernos que se autodenominan "democráticos" son auténticas democracias...

Un gran número de países están bajo el imperio de dictadores o clanes políticos despóticos, que no respetan los derechos humanos ni atienden a las necesidades básicas (pobreza, hambrunas, trabajo, vivienda, sanidad, etc) de sus ciudadanos, sometidos frecuentemente a tratos injustos y penas arbitrarias, careciendo de libertad no solo para votar o cambiar, sino ni para expresarse o manifestarse en contra de la opresión, directrices o dogmas a que les somete el sistema.

A menudo estos gobernantes sátapras se apropian - se "adjudican legalmente" - de inmensas riquezas de sus países y las canalizan hacia empresas, propiedades o cuentas bancarias a su nombre o al de sus familiares o testaferros, situadas en otros estados o en paraísos fiscales, convirtiéndose en poderosos ricachones-financieros de alto nivel internacional, a costa de la explotación y miseria de muchos millones de seres que han tenido la desgracia de nacer o vivir en tiempos y lugares hostiles e inhumanos.

Algunas de dichas oligarquías despóticas - de variados pelajes políticos - ejercen el poder durante decenas de años y engendran dinastías familiares para perpetuarse en el tiempo, manteniendo los mismos regímenes injustos y opresivos, en una burda imitación de las monarquías absolutas ancestrales, como si la evolución de la historia - desde la Revolución Francesa de 1789 hasta hoy - no hubiera tratado de acabar definitivamente con ellas.

En varios países del Mundo se están prodiciendo revoluciones y levantamientos para derrocar a los regímenes totalitarios / dictatoriales que impiden las libertades democráticas y reprimen con dureza las manifestaciones u opiniones diferentes a las establecidas.

Es pronto todavía para conocer los resortes que han desencadenado estos importantes acontecimientos sociales, con grandes movimientos de masas, en las que predominan los jóvenes...

Algunos sociólogos y periodistas, expertos en la materia, opinan que se está generando una transmisión/contagio de este "despertar revolucionario para el cambio" a través de Internet y demás medios electrónicos de difusión y comunicación, sin que detrás de ellos aparezcan líderes significados adscritos a ciertas ideologías políticas o religiosas fundamentalistas o dogmáticas, como suele ocurrir habitualmente en situaciones similares.

Esperemos que el resultado final transcurra lo más pacificamente posible  y que esta onda de libertad, democracia y cumplimiento de los derechos humanos, siga avanzando por todo el mundo en beneficio de los cientos de millones de personas que padecen guerras, genocidios, encarcelamientos, opresión, hambre, pobreza, injusticias y carencias de todo tipo.


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